«La oración es un verdadero descanso»

San Francisco de Asís

0 Nichos
0 Urnas (Capacidad máx.)
0 Personas descansando en Paz

Naturaleza del Columbario

Nuestro columbario parroquial estará formado por 171 nichos, que construiremos en tres fases, según sea necesario. La primera fase estará compuesta de 45 nichos. Cada columario tiene capacidad para albergar hasta 2 urnas funerarias de un máximo de 30cm de altura y 15 cm de diámetro. En cada urna deberá constar el nombre de la persona fallecida. El columbario parroquial sólo puede recibir las cenizas de fieles difuntos cristianos vinculados a la parroquia.

Donativo por el depósito de las cenizas en el Columbario Parroquial

el colombario parroquial surge con una doble finalidad. Pastoral: Facilitar el depósito de las cenizas en un lugar sagrado digno ofreciendo una respuesta pastoral a los resto de los feligreses difuntos incinerados. De Financiación: Las donaciones recibidas por los títulos de derecho de depósito se detinarán a financiar la propia construcción del columbario en sus distintas fases, las reformas pendientes del complejo parroquial, y las actividades pastorales de la parroquia,

Donativo

el donativo por cada nicho doble será de 1000€. Teniendo siempre en cuenta que es un donativo orientativo, y que nadie que lo necesite se quedará sin colombario por falta de medios econónmicos. 

Duración de los Títulos de Depósito

Los Títulos de Depósito de Cenizas tendrán una duración de 30 años, que pueden ser prorrogables. En todo caso, la Parroquia quedará obligada a albergar a perpetuidad las cenizas, depositándolas en un luar digno dentro del Templo Parroquial.

Procedimiento a seguir

En el siguienre orden

Solicitar en el despacho parroquial el Título de Derecho de Depósito. Con dicha solicitud se presentará fotocopia del DNI de la persona que adquiere el título y se firmará el contrato.

En el momento en que se vayan a depositar las cenizas de un familiar, se deberá aportar los siguientes documentos:

-Fotocopia DNI del fallecido

-Certificado de defunción

-Acta de cremación del difunto cuyas cenizas se van a depositar en el Columbario.

-El Título de Derecho de Depósito correspondiente.

Para depositar la urna con las cenizas del difunto, se deberá contactar previamente con la parroquia para buscar el día y a la hora apropiados. En la urna deberá constar el nombre de la persona fallecida y estar debidamente precintada.

Firma del Acta de Depósito.